lunes, 9 de enero de 2012

OBLIGATORIEDAD DE LA LICENCIA FEDERATIVA

la Federación valenciana de tenis (FTCV) ha enviado a todos los clubes de la comunidad un comunicado en el que explica la obligatoriedad de todos los miembros de los clubes y escuelas de tenis de estar en posesión de la licencia federativa tal y como recoge la Ley 2/2011 de 22 de marzo de 2011, de la Generalitat, del Deporte y la Actividad Física de la Comunidad Valenciana, en el Artículo 67, en el punto tercero, que habla de la obligatoriedad de la Licencia Federativa, para todo aquel que practica deporte, y reza textualmente:

3. La expedición de licencias tendrá carácter obligatorio, no pudiendo denegarse su expedición cuando el solicitante reúna las condiciones necesarias para su obtención. Transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud, la licencia se otorgará por silencio.

Todo esto viene recogido en el siguiente documento


Circular Obligatoriedad Licencia

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